Estimados Lectores y Alumnos:
Los Derechos de los Usuarios y Consumidores amparados por el art.42 de nuestra Constitución Nacional se encuentran ampliamente desarrollados en la Ley 24240 y sus modificatorias (Ley de Defensa del Consumidor).
Dicha norma ha atravesado casi todas las Ramas del Derecho, incluso el Turismo, siendo indudablemente el turista un usuario de servicios, que merece protección mas allá de la legislación específica, por ello para acceder al texto completo hacer click aquí.
Esperamos que les sirva.
de Dra. Lilian Beatríz García y Dra. Marisa Adriana Venuto
lunes, 30 de mayo de 2016
martes, 24 de mayo de 2016
Contrato de Transporte Aéreo de Personas y Equipaje
Estimados Alumnos:
El Contrato de Transporte Aéreo de Personas y Pasajeros es aquel que se realiza entre una persona llamada Transportista que se obliga a trasladar a otra, pasajero y su equipaje, por vía aérea, en una aeronave, entre aerodromos, llevando implícita la obligación de seguridad, y el pasajero a pagar un precio en dinero por ese traslado.
En materia de los vuelos de cabotaje, rige el Código Aeronáutico Argentino, para acceder a las normas que regulan la responsabilidad del transportista hacer click aquí.
Para conocer los Derechos de los Pasajeros en cumplimiento de la Res. 1532/98 que establece las condiciones generales del contrato, hacer click aquí.
Asimismo para el caso de vuelos internacionales, rige la Convención de Montreal de 1999, ratificada por nuestro país, para acceder a su lectura hacer click aquí.
Esperamos les sea de ayuda.
Esperamos les sea de ayuda.
martes, 17 de mayo de 2016
Contrato de Transporte Terrestre de Personas
Estimados Alumnos y Lectores:
El Contrato de Transporte, entendido como:
"...el acuerdo por el cual una persona, el transportista, se obliga a trasladar a personas o cosas de un lugar a otro, por el medio acordado, en condiciones de indemnidad por un precio en dinero...",
se encuentra legislado en en Código Civil y Comercial de La Nación vigente.
Para acceder a su contenido:
Contrato de Transporte Terrestre (ARTS 1280 a 1287 Código Civil y Comercial De La Nación).
Transporte de Personas (ARTS 1288 a 1295 Código Civil y Comercial De La Nación).
El Contrato de Transporte, entendido como:
"...el acuerdo por el cual una persona, el transportista, se obliga a trasladar a personas o cosas de un lugar a otro, por el medio acordado, en condiciones de indemnidad por un precio en dinero...",
se encuentra legislado en en Código Civil y Comercial de La Nación vigente.
Para acceder a su contenido:
Contrato de Transporte Terrestre (ARTS 1280 a 1287 Código Civil y Comercial De La Nación).
Transporte de Personas (ARTS 1288 a 1295 Código Civil y Comercial De La Nación).
lunes, 16 de mayo de 2016
Contrato de Hospedaje y Hotelería
Estimados Lectores:
Dentro de los contratos turísticos, el de Hospedaje u Hotelería se encuentra legislado en la Ley 18828/70, para ver su contenido hacer click aquí.
Asimismo el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, (ley 26994) tiene normas referidas al citado contrato, para acceder a estas hacer click aquí.
Esperamos que los archivos sean de ayuda.
Esperamos que los archivos sean de ayuda.
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