Estimados Alumnos y Lectores:
El Contrato de Transporte, entendido como:
"...el acuerdo por el cual una persona, el transportista, se obliga a trasladar a personas o cosas de un lugar a otro, por el medio acordado, en condiciones de indemnidad por un precio en dinero...",
se encuentra legislado en en Código Civil y Comercial de La Nación vigente.
Para acceder a su contenido:
Contrato de Transporte Terrestre (ARTS 1280 a 1287 Código Civil y Comercial De La Nación).
Transporte de Personas (ARTS 1288 a 1295 Código Civil y Comercial De La Nación).