martes, 24 de mayo de 2016

Contrato de Transporte Aéreo de Personas y Equipaje

Estimados Alumnos:

El Contrato de Transporte Aéreo de Personas y Pasajeros es aquel que se realiza entre una persona llamada Transportista que se obliga a trasladar a otra, pasajero y su equipaje, por vía aérea, en una aeronave, entre aerodromos, llevando implícita la obligación de seguridad, y el pasajero a pagar un precio en dinero por ese traslado.

En materia de los vuelos de cabotaje, rige el Código Aeronáutico Argentino, para acceder a las normas que regulan la responsabilidad del transportista hacer click aquí.

Para conocer los Derechos de los Pasajeros en cumplimiento de la Res. 1532/98 que establece las condiciones generales del contrato, hacer click aquí.

Asimismo para el caso de vuelos internacionales, rige la Convención de Montreal de 1999, ratificada por nuestro país, para acceder a su lectura hacer click aquí.

Esperamos les sea de ayuda.